La deuda externa y los derechos humanos: sobre el acuerdo con los fondos buitre

En la Argentina, los ciclos de endeudamiento externo no generaron inversión para el desarrollo sino que aumentaron la fuga de divisas ya que ese es el modo de funcionamiento del patrón de acumulación financiero que se consolidó durante la última dictadura.

Al contrario de lo que señala el gobierno nacional, en nuestro país los ciclos de endeudamiento externo no generaron inversión para el desarrollo sino que aumentaron la fuga de divisas ya que ese es el modo de funcionamiento del patrón de acumulación financiero que se consolidó durante la última dictadura. Como expuso hace pocos días Eduardo Basualdo ante el Senado: “la deuda externa dejó de ser un instrumento para financiar la inversión productiva o el capital de trabajo para ser un medio de obtención de renta financiera. Su contracara fue la fuga de capitales que exhibió una elevada correlación: en 2001 tanto la deuda externa total cuanto el stock de capitales locales en el exterior, es decir la fuga de capitales locales, alcanzaron aproximadamente los 140 mil millones de dólares. Estoy hablando del pasado pero también del futuro porque ese es el proceso que va a instalar este arreglo con los fondos buitre: endeudamiento externo y fuga. Lo que se fuga no fue ni será el consumo de los sectores de altos ingresos sino la inversión y eso fue lo que impulsó e impulsará la desindustrialización”.

Desde hace dos décadas, una de las principales preocupaciones del Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales de Naciones Unidas, encargado de la supervisión del Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales, es “el efecto negativo de la carga de la deuda y de las medidas consiguientes de ajuste sobre el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales en muchos países”. En 1999, el Comité le reclamó a la Argentina que “en sus negociaciones con las instituciones monetarias internacionales, tenga en cuenta sus obligaciones en virtud del Pacto de respetar, proteger y poner en ejecución todos los derechos consagrados en el Pacto”. Por otra parte, en los últimos años, tanto el Consejo de Derechos Humanos de ONU como la Asamblea General de la ONU señalaron que los Estados deben garantizar que los derechos y las obligaciones originados en un acuerdo sobre la deuda externa no sean incompatibles con sus obligaciones de satisfacer los niveles básicos de reconocimiento de los derechos humanos.

A contramano del Pacto y de las recomendaciones de la ONU, este acuerdo con los fondos buitre pone en riesgo todos los procesos de reestructuración de deudas públicas ya que es un incentivo para que el 93% que había acordado presente litigios por la diferencia en los pagos y para que los acreedores que aún no iniciaron ninguna acción lo hagan. Si el Congreso Nacional sanciona este proyecto de ley se consolidará un supuesto derecho de los fondos buitre a cobrar la totalidad del capital que representan los títulos de deuda que compraron a muy bajo precio, más los intereses devengados, sin considerar los procesos de arreglo de la deuda de los Estados.

El acuerdo con los fondos buitre tendrá incidencia sobre el modelo de desarrollo de nuestro país, cuyo principal objetivo debería ser garantizar la vigencia de los derechos humanos. Las decisiones políticas pueden contribuir a mayores niveles de acceso a los derechos o bien producir la persistencia y el agravamiento de las situaciones que los vulneran. La experiencia argentina muestra que un nuevo ciclo de endeudamiento como el que se está proponiendo tendrá un impacto negativo sobre los sectores populares.