tus derechos sexuales y reproductivos
Cuando contamos con información, tenemos más herramientas para exigir que se garanticen nuestros derechos. En la Argentina, el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, creado por la Ley Nacional 25.673 reconoce que el derecho a la salud comprende la salud sexual.
Podemos disfrutar de una vida sexual saludable y placentera, sin presiones y libre de violencias. Conocer en qué consisten nuestros derechos es clave para tomar decisiones sobre nuestra vida sexual y reproductiva con libertad, confianza y seguridad.
Los derechos sexuales y reproductivos son parte de los derechos humanos. Y el Estado, a través de las autoridades tiene la obligación de respetarlos, de prevenir que se violen y de garantizar acciones para que se cumplan. Son derechos protegidos por la Constitución Nacional, por diversos tratados internacionales a los que adhiere la Argentina, y por distintas leyes nacionales.
Son derechos que tenés vos y todas las personas por el solo hecho de ser personas, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición social. Los derechos humanos reconocen tu derecho a la alimentación, al estudio, a la vivienda, a la salud, a participar de la vida política: son básicos para garantizar que todo ser humano tenga una vida digna, con libertad e igualdad.
Tenés derecho a disfrutar de una vida sexual elegida, sin abusos, violencia, riesgos ni discriminación. Cuando hablamos de sexualidad hablamos de la manera en la que vivimos y sentimos nuestros cuerpos, deseos, gustos, emociones y fantasías.
Una parte de la sexualidad es la reproducción. Es decir, el derecho a decidir si querés tener o no hijes.
En la Argentina, desde 2020, la interrupción voluntaria del embarazo es un derecho para niñas, mujeres y todas las personas con capacidad de gestar hasta las 14 semanas de gestación. Así lo establece la Ley 27.610. Más allá de las 14 semanas, solo permite el acceso a la práctica si el embarazo es producto de una violación o ante el peligro de la vida y la salud de la persona gestante. Cuando nos referimos a la salud, lo hacemos de acuerdo a como la entiende la Organización Mundial de la Salud: un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no sólo la ausencia de enfermedad.
Luego de la firma del consentimiento informado, el aborto debe garantizarse en los servicios del sistema de salud o con su asistencia en un plazo máximo de 10 días. La ley 27.610 incorpora la interrupción voluntaria del embarazo en el Plan Médico Obligatorio y en el Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica. Además, establece el derecho a la atención postaborto.
Desde su promulgación, la ley de aborto voluntario está vigente en todo el territorio nacional. Es decir, en todas las provincias. No requiere de adhesiones provinciales o reglamentación para su vigencia.
Si tenés menos de 13 años, te solicitarán tu consentimiento con la asistencia de su madre, padre o representante legal. En todo momento deberá resguardarse el interés superior de lxs niñxs y respetar el derecho a ser oídxs, según lo establecido por la Convención de los Derechos del Niño, la ley 26.061 y los artículos pertinentes del Código Civil y Comercial de la Nación.
Si tenés más de 16 años de edad tenés plena capacidad para prestar su consentimiento para interrumpir tu embarazo. Según la legislación argentina, todas las personas de 16 años o más son consideradas como adultas en lo que refiere al cuidado del propio cuerpo.
En el caso de las personas con discapacidad, la Ley 27.610 establece que pueden brindar su consentimiento informado requiriendo, en caso de que así lo deseen, la asistencia del sistema de apoyos previsto en el art. 32 Código Civil y Comercial de la Nación.
El sistema de salud debe adoptar medidas tendientes a facilitar que las personas con discapacidad puedan ejercer sus derechos de manera autónoma y recibir la atención sanitaria en los términos que les resulten más accesibles, aceptables y con la mejor calidad disponible.
Recordá que la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad está incorporada a la Constitución Nacional.
La objeción de conciencia es siempre individual y no institucional. Por eso, aquel profesional que se niegue a realizar la práctica por motivos éticos, religiosos, morales o filosóficos tiene que notificar su voluntad por escrito y derivarte a otro profesional que garantice la realización de la práctica sanitaria. No puede obstaculizarla o demorarla de ninguna manera. En caso de que tengas una emergencia y no haya otro profesional, la tiene que realizar sin excusas. Si la institución tiene solo profesionales objetores, deberá garantizar la derivación a otro lugar sin dilaciones.
Sin importar tu edad, tenés derecho a recibir un trato respetuoso en la consulta médica, que se haga en un lugar donde puedas hablar sin interrupciones y ser escuchade, que tus preguntas sean bien recibidas y donde tengas contención y respeto.
El equipo de salud no debe dar a conocer lo que se habló en la consulta sin tu autorización, porque es confidencial. El respeto a la confidencialidad y la privacidad son dos de los principios rectores de la mayoría de los protocolos de atención sanitaria. Y corre para cualquier persona, sea adulta, niña, niño o adolescente, porque todes tenemos derecho a que se respete nuestra intimidad. Ni siquiera se lo pueden contar a padres, madres u otro adulto.
Para las niñas y adolescentes de 15 años o menos, un embarazo implica un riesgo aumentado para su salud física y mental. Es por esto que la interrupción del embarazo se enmarca dentro de la causal salud y tienen siempre derecho a la interrupción legal del embarazo.
La ley incluye a los servicios públicos de salud, a las obras sociales nacionales y provinciales, y a las entidades y empresas de medicina prepaga. Podés llamar al 0800-222-3444 Salud Sexual del Ministerio de Salud de la Nación para recibir información y hacer todas las consultas que necesites. La llamada es sin cargo y la consulta es confidencial. Podés llamar de lunes a viernes de 9 a 21 hs. Y los fines de semana y feriados de 9 a 18 hs.
Si la obra social o prepaga te negó el derecho, podés reclamar en este formulario, de la Superintendencia de Servicios de Salud. También te dejamos dos notas modelo para facilitar tu reclamo ante tu obra social o prepaga: esta es para usar si no te dieron atención después de realizarte el aborto, esta otra es si te negaron la práctica o te ponen trabas.
tengo un atraso,
me hago un
test de embarazo
receta para el misoprostol
prescripción de técnicas instrumentales
indicaciones
intervención en centro de salud
uso ambulatorio
cuidados post aborto