Ordenan reincorporar a los trabajadores discriminados por su actividad sindical

La Corte Suprema ordenó la reincorporación de los seis trabajadores de la empresa Supermercados Easy (CENCOSUD S.A.) que habían sido despedidos debido a su actividad sindical.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) condenó el pasado martes 7 de diciembre a la empresa Supermercados Easy (CENCOSUD S.A.) a reincorporar a seis trabajadores que habían sido despedidos debido a su actividad sindical. Los magistrados consideraron que los despidos habían sido discriminatorios y por primera vez la Corte dictaminó la reinstalación de los trabajadores en sus puestos de trabajo como única solución posible. El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) había presentado un escrito en el caso en calidad de amicus curiae en el promovía la reincorporación de los trabajadores, en sintonía con la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Desde el año 2006, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo y otros tribunales provinciales han ordenado la restitución en sus puestos a trabajadores despedidos por su actividad sindical. En abril de 2009, la CSJN había manifestado su interés por incorporar este tema a su agenda de trabajo y convocó a una audiencia pública para analizar uno de estos casos. Finalmente, en el fallo del martes, confirmó que la reparación que corresponde ante prácticas discriminatorias antisindicales es la reincorporación del trabajador despedido.

En los fundamentos de este histórico fallo, los magistrados señalaron que “pesa sobre el Estado la obligación de no tolerar situaciones de discriminación en perjuicio de los trabajadores en las relaciones laborales privadas, ni permitir que los empleadores violen los derechos de los trabajadores o que la relación contractual vulnere los estándares mínimos internacionales”. En este sentido, el fallo destaca que el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de ONU ratificó que las víctimas de violaciones del derecho al trabajo “tienen derecho a una reparación adecuada, que puede adoptar la forma de una restitución”.

El uso cada vez más extendido de los instrumentos internacionales de derechos humanos por parte de los tribunales para resolver estos casos, favorece respuestas judiciales más efectivas, basadas en la función restaurativa que tiene la justicia ante violaciones de estos derechos.

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