Riachuelo: 9 años del fallo de la Corte

Las organizaciones sociales y ambientales que conforman el Cuerpo Colegiado alertan sobre un conjunto de faltas y fallas políticas e institucionales que han tendido a profundizarse en los últimos años. Reclaman a las autoridades que asuman de manera principal el compromiso que les cabe en la materia.

Se cumplen 9 años del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) que condenó al Estado Nacional, la Provincia de Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a recomponer el daño ambiental producido en la cuenca. Ha transcurrido casi una década y todavía persisten debilidades en el control, seguimiento y la falta de una mirada verdaderamente integral de gestión.

A su vez hoy han emergido nuevos y complejos problemas, que indican que los objetivos impuestos por el máximo tribunal se encuentran altamente incumplidos. Las falencias que persisten afectan tanto al control sobre las principales fuentes de contaminación (los establecimientos industriales, basurales a cielo abierto y efluentes cloacales), como al acceso a bienes y servicios indispensables tales como agua potable, saneamiento cloacal, vivienda y salud, que inciden en la vulnerabilidad de la población.

Vertidos y emisiones contaminantes

En relación al control de vertidos y emisiones, la normativa de vertidos y el uso elegido para la calidad de agua del Riachuelo, resultan totalmente inadecuados para el saneamiento del río y la mejora de la calidad de vida de la población. Las regulaciones adoptadas por ACUMAR deberían haber reducido la contaminación, pero no lo han hecho y, por el contrario, la mantienen.

La nueva resolución adoptada por ACUMAR (Nº 46/2017) permite verter en el agua sustancias tales como: Aldrin, Clordano, DDT, Dieldrin, Endosulfan, Endrín, Heptacloro, Lindano y Paration todas ellas prohibidas por la Convención de Estocolmo sobre los Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs), a la cual nuestro país ha adherido. En tal sentido, el Cuerpo Colegiado ha solicitado a la Presidenta de ACUMAR la urgente reformulación del texto de la normativa y de igual forma lo ha hecho ante el Juez Federal de Morón, Jorge Rodriguez, a cargo de la ejecución de la sentencia del caso Mendoza.

Basurales

En lo que se refiere a la permanencia de basurales a cielo abierto constituyen uno de las tres principales fuentes de contaminación de la cuenca. Según datos de ACUMAR 1.8 millones de metros cúbicos de residuos sólidos son los que se acumulan en este tipo de basurales. Además relevó la existencia de 390 basurales irregulares. ACUMAR, planificó intervenciones destinadas a lograr la su remoción de 267 de ellos y dejó los de menores dimensiones a cargo de los municipios. Los informes de la Auditoría Interna del organismo mencionan que el 57% de los lugares intervenidos, fueron reinsertos como basurales.

Vivienda

En materia de hábitat para los sectores vulnerados, la situación es altamente problemática. En el año 2010 se elaboró el Plan de Urbanización de Villas y Asentamientos Precarios en Riesgo Ambiental de la Cuenca Matanza Riachuelo (plan Marco) que prevé 17.771 soluciones habitacionales. Sin embargo, su cumplimiento ha sido muy bajo (solo el 35% de los hogares han sido realojados) y reiteradamente se ha incurrido en graves violaciones a los derechos de las personas que han sido relocalizadas en los complejos habitacionales.

Sólo en el último cuatrimestre (de marzo a julio de 2017) se han reactivado las obras de edificación de viviendas y de infraestructura que estaban paralizadas desde el cambio de gobierno. Esto es solo un tenue paliativo a un problema que se ha seguido agravando durante este largo período. A la par de la discontinuidad de la ejecución del plan, la llegada de nuevas familias incrementó el hacinamiento y empeoró las condiciones de vida. Adicionalmente, la demanda de provisión y calidad de los servicios básicos ha desoída por las autoridades competentes. Según las reiteradas denuncias de los dirigentes barriales, ninguna de las empresas prestatarias (sean estas estatales como privadas) atiende sus necesidades y reclamos; y tanto ACUMAR como las jurisdicciones no tienen la capacidad de revertir la situación deficitaria.

Salud

A 9 años del fallo, no ha logrado identificarse de manera específica la población en riesgo, no se generaron capacidades para evaluar la situación de salud ambiental y tampoco se articuló una intervención de las distintas áreas de ACUMAR para reducir la exposición de poblaciones especialmente vulnerables a amenazas producidas por la contaminación. Aún cuando el caso tuvo origen en los problemas derivados de los efectos de la contaminación en la salud de la población, durante mucho tiempo ACUMAR quitó relevancia a los mismos y sugirió que los factores ambientales no constituyen elementos determinantes de la salud. Reiteradamente, dio a entender que los problemas prevalentes son productos de la pobreza, e incluso destinó recursos a elaborar investigaciones que probaran tal hipótesis como ocurrió con los ENUDPAT 2011.

Tampoco elaboró “un diagnóstico de base para todas las enfermedades que permita discriminar patologías producidas por la contaminación del aire, suelo y agua, de otras patologías no dependientes de aquellos factores y un sistema de seguimiento de los casos detectados para verificar la prevalencia y supervivencia de tales patologías”, tal como lo dispuso la CSJN en el Cons. 17 punto IX del fallo de 8/7/2008. Al no haberse indagado profundamente en la vinculación entre las enfermedades y las fuentes de contaminación (las cuales debe regular y controlar ACUMAR), no se generó un diagnóstico que pueda indicar cuál es el grado de incidencia de éstas, ni la población más expuesta.

Información pública de ACUMAR

La CSJN estableció una serie de medidas dirigidas a que el Estado produzca y difunda información, las que están claramente orientadas a expandir la participación ciudadana. En tal sentido, obligó a la ACUMAR a adoptar un sistema de información pública que presente datos actualizados y detallados de manera concentrada, clara y accesible para el público en general. El portal web de ACUMAR es el principal canal de acceso a la información pública sobre sus acciones, obligaciones y avances. Sin embargo, la información necesaria para que el público pueda realizar un control de la gestión no se encuentra disponible ni es actualizada. De 424 links relevados en www.acumar.gov.ar, 108 no funcionan y la mayoría de la información adjunta no está actualizada desde el año 2014.

Ordenamiento territorial

Como se resaltó en anteriores oportunidades, no es posible llevar a cabo una gestión exitosa de saneamiento de la cuenca sin una política de Ordenamiento Territorial (OT) centrada en los derechos colectivos de la población. Las principales fallas que presenta el actual modelo de gestión de la ACUMAR no sólo se deben a una limitación en sus capacidades institucionales, sino también a la falta de una perspectiva estratégica, que incorpore además un enfoque de derechos humanos. Una mirada que permita identificar y priorizar acciones capaces de modificar estructuralmente los procesos de desarrollo territorial de la cuenca, dotándolos de integralidad, equidad y sostenibilidad.

A pesar de ello, en ningún momento la ACUMAR, y ninguna de las jurisdicciones que lo integran han priorizado esta mirada estratégica. Esto se refleja en la ausencia de avances en la zonificación y regulación de usos de suelo, la relocalización de industrias del Polo Dock Sud o los casos de ocupación irregular del espacio público como ocurre actualmente en la Ciudad de Buenos Aires, en un sector de la autopista Buenos Aires-La Plata, sobre la Avenida Pedro de Mendoza.

“La ocupación ilegítima del espacio público, particularmente cuando se hace con propósitos simplemente comerciales, es una clara violación de estos derechos. En el caso de la Avenida Pedro de Mendoza se comete con la complacencia de las autoridades que tienen obligación de impedirlo”, denuncia Alfredo Alberti de la Asociación Vecinos La Boca”.

“La gestión de la Cuenca Matanza Riachuelo se encuentra en una situación de incertidumbre y sin rumbo. Todos los aspectos reseñados por el Cuerpo Colegiado muestran falencias estructurales a las cuales se suma un continuo escenario de inestabilidad en materia de conducción institucional”, subraya Andrés Nápoli de Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN).

“Resulta frustrante después de 9 años del innovador fallo en la Causa Mendoza la desidia, el abandono y falta de controles y de incumplimiento de la mayor parte de las mandas de la CSJN, especialmente en lo que respecta a cuidado de la salud, vivienda y prevención de la contaminación. Es agraviante la falta de escucha y la negativa a la participación de las personas que viven en la cuenca, que deberían ser protagonistas y primeros beneficiarios/as de los cambios. Confiamos en que la Corte recupere un rol más proactivo para hacer cumplir esta deuda con el ambiente”, indicó María José Lubertino, Directora Ejecutiva de la Asociación Ciudadana por los Derechos Humanos y profesora de la UBA.

“No se trata únicamente de limpiar el agua del cauce. La Cuenca requiere un plan de desarrollo integral con perspectiva de derechos humanos que tome en cuenta los diferentes procesos socio-territoriales (ecológicos, económicos, políticos, urbanísticos, sociales) que lo definen”, agrega Eduardo Reese, del Centro de Estudios Legales y Sociales.

Por mucho tiempo la Cuenca Matanza – Riachuelo estuvo condenada a imaginar su futuro como una continuidad de su triste presente. Fue la lucha de vecinos, organizaciones sociales, instituciones para la defensa de los derechos y, sin dudas el proceso iniciado por la CSJN, quienes abrieron un nuevo capítulo en su historia, logrando que la temática adquiriese un lugar destacado en la agenda ambiental del país. A 9 años del dictado del fallo seguimos reclamando que el caso deje de ser una continuidad de decisiones, controles y retos judiciales para transformarse en una Política de Estado, que atienda las necesidades de quienes habitan uno de los espacios territoriales más degradados del país.

El año venidero se cumplirá una década del fallo. Las organizaciones del Cuerpo Colegiado creemos que esta puede ser una excelente oportunidad para llegar al próximo aniversario habiendo transitado un debate crítico amplio y profundo que proponga un rediseño estructural de la gestión.

“Si no se pudo y no se supo sanear el Riachuelo en la década pasada no se puede en enfrentar la próxima con las mismas ideas y herramientas. Estamos convencidos que el caso Mendoza representa una gran oportunidad para saldar la mayor deuda socio ambiental que tiene la Argentina, pero eso será posible solo si se avanza de manera decidida en la construcción de una Política de Estado para el saneamiento del Riachuelo, algo que hasta hoy reclama su presencia”, concluye Nápoli.

 

Organizaciones que forman parte del cuerpo colegiado

Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Greenpeace Argentina, Asociación Ciudadana por los Derechos Humanos (ACDH) y Asociación Vecinos La Boca.