La falta de acceso al misoprostol, una medicina esencial

¿Qué hace el Estado argentino para impedir que los actores privados pongan obstáculos en el acceso al derecho a la salud sexual y reproductiva? Lamentablemente, poco y nada. En esta nota de opinión se analizan las prácticas monopólicas del único laboratorio que produce y comercializa el misoprostol en el país.

La falta de acceso a medicinas esenciales en la Argentina: prácticas monopólicas e inacción estatal que impactan en la vida de las mujeres*

En la Argentina, existen causas por las que el aborto es legal: cuando la vida o la salud de la mujer o persona gestante corre peligro, o cuando el embarazo es producto de una violación. Desde el Ministerio de Salud de la Nación y en algunas provincias se ha establecido el uso de un medicamento llamado misoprostol como método preferencial para la interrupción legal del embarazo, ya que su seguridad es comprobada y contribuye a reducir las tasas de mortalidad materna.

A pesar de eso, la autoridad sanitaria del país no reconoce los usos obstétricos del misoprostol –medicamento definido como esencial–, y le impone condiciones de venta altamente restrictivas. El acceso al misoprostol también se reduce por las prácticas abusivas del único laboratorio privado que lo produce y comercializa en la Argentina: Laboratorios Beta.

Esa empresa subió un 300% el precio de la caja de dieciséis pastillas de misoprostol entre 2014 y 2016 y modificó la presentación para eludir los controles de precios y obligar a las usuarias a comprar más pastillas de las que necesitan, a un mayor precio. De este modo, Laboratorios Beta distorsiona el mercado, perjudica el derecho a la salud de las mujeres y fomenta, en definitiva, la compra y venta de píldoras sueltas por fuera del mercado formal.

Como señala el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Comité DESC) de las Naciones Unidas, los Estados tienen la obligación de “proporcionar medicamentos, equipo y tecnologías esenciales para la salud sexual y reproductiva, en particular sobre la base de la Lista de Medicamentos Esenciales de la OMS”. La Organización Mundial de la Salud (OMS) señala, a su vez, que los medicamentos esenciales deben estar “disponibles en todo momento, en cantidades suficientes, en las formas farmacéuticas apropiadas, con una calidad garantizada, y a un precio asequible para las personas y para la comunidad”.

En enero de 2015, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Lesbianas y Feministas por la Descriminalización del Aborto y la Secretaría de Género de Nuevo Encuentro-CABA nos presentamos ante la Comisión de Defensa de la Competencia para iniciar un proceso sancionatorio en contra de Laboratorios Beta por abuso de posición dominante.

Por otro lado, desde 1998, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) de la Argentina sólo permite la venta de los medicamentos que contienen misoprostol para usos gástricos y bajo la modalidad de “receta archivada”, una de las formas de expendio más restrictivas. En septiembre de 2016, las tres organizaciones solicitamos a la Anmat que reconociera los usos obstétricos del misoprostol, garantizara el acceso a esa medicina y modificara sus condiciones de expendio. El pedido fue rechazado.

El misoprostol es un medicamento abortivo esencial. Un mayor acceso implica una reducción de muertes maternas por abortos en condiciones inseguras, mientras que una regulación restrictiva como la actual impacta en el aumento de las complicaciones, con consecuencias graves para la vida y la salud de las mujeres y personas gestantes.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación, en su fallo conocido como “F., A. L.” de 2012, dejó en claro que no debe haber ninguna restricción al aborto en los casos permitidos por la ley. Precisó una serie de medidas que los Estados nacional y provinciales deben tomar para asegurar el acceso a los abortos legales. Pero hasta ahora sólo hubo avances parciales y persisten muchos obstáculos para el acceso a los abortos legales y seguros, sobre todo entre las mujeres jóvenes y pobres.

El Estado argentino no puede seguir eludiendo sus responsabilidades como garante de los derechos humanos. En consecuencia, la Anmat debe incorporar los usos obstétricos y ginecológicos del misoprostol y modificar sus condiciones de venta, y la Secretaría de Comercio, intervenir para impedir las prácticas monopólicas que afectan derechos básicos, como a la salud. Incluso, creemos que el Estado debe garantizar el acceso a este medicamento esencial a través de su producción pública.

* Publicada en el blog del Centro de Información sobre Empresas y Derechos Humanos (CIEDH).