ABO IV: Condenas para los dos acusados

Se juzgaron delitos de lesa humanidad vinculados al centro clandestino de detención tortura y exterminio “El Atlético”. El ex agente de la Policía Federal Miguel Ángel Britos recibió la pena de prisión perpetua y el ex agente de inteligencia Ariel Darío Pituelli, de cuatro años de prisión.

Luego de cuatro meses de audiencias, el Tribunal Oral Federal nº 2 condenó a Miguel Ángel Britos a la pena de prisión perpetua y a Ariel Darío Pituelli a cuatro años de prisión. 

Miguel Ángel Britos, en su calidad de agente de la Policía Federal Argentina, con destino en la Superintendencia de Seguridad Federal, intervino en el operativo ilegal llevado a cabo el 17 de febrero de 1977 en el domicilio de calle Pergamino 397 de Capital Federal, y en la privación ilegal de la libertad –agravada por el uso de violencia y amenazas- y tormentos agravados de Adriana Claudia Marandet y en el homicidio –agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas- de Eduardo Edelmiro Ruival.

Adriana había formado parte de la militancia en la Unión de Estudiantes Secundarios – UES- y era parte de la Agrupación Montoneros. Al momento de su secuestro, Adriana tenía 19 años, trabajaba y militaba. Era apodada “Pacha” por sus compañeros de militancia. Eduardo Edelmiro Ruival tenía 20 años cuando le quitaron la vida, faltaban ocho días para su cumpleaños número 21. Trabajaba y militaba. Se habían casado en noviembre de 1976. Tenían una vida por delante, sus familias estaban ahorrando para comprarles un terreno para que construyeran su hogar.

En el transcurso del operativo Eduardo Edelmio Ruival fue asesinado y Adriana Claudia Marandet fue privada ilegalmente de la libertad. Adriana fue trasladada al centro clandestino de detención y tortura El Atlético, donde fue sometida a tormentos. A la fecha permanece desaparecida. El cuerpo de Eduardo fue entregado a la familia en el marco de un sumario militar. La responsabilidad de Britos se comprobó a partir de unas actuaciones administrativas por la herida en el pie que tuvo el policía federal Mario Baigorria en el transcurso del operativo. En el sumario se dejó registro de la intervención de Britos en los hechos. Baigorria falleció antes de la elevación a juicio.

La perversión fue tanta que, posteriormente al asesinato de Eduardo, fueron a pedirle a su madre, Purificación Álvarez, dinero en carácter de indemnización por la herida de Baigorria. Es que los policías instalaron la versión de que se trató de un enfrentamiento. Durante el debate se probó que no hubo enfrentamiento, que en la casa de la familia Marandet Bobes no había armas. 

Ariel Darío Pituelli, se desempeñó como agente secreto de Inteligencia del Batallón 601 del Ejército Argentino, y en ejercicio de tal función impuso coacciones sobre E.L.O. y Alberto Rubén Gildengers, luego de que ambas víctimas fueron sacadas del centro clandestino de detención denominado “Atlético”.

E.L.O. y Gildengers fueron secuestrades el 13 de abril de 1977 y conducides al CCDT “Atlético”. Al momento de los hechos, estudiaban medicina, trabajaban en la Caja Nacional de Ahorro y Seguro y militaban en la Juventud Universitaria Peronista y la Juventud Trabajadora Peronista.

E.L.O. permaneció secuestrada allí una semana. Alberto Rubén Gildengers por un mes. Alberto fue sometido a torturas y en el centro clandestino pudo percibir a otres compañeres de militancia, de la facultad y el trabajo, así como la voz de quien luego conoció como Ariel Pituelli.

Cuando les liberaron les indicaron que no vuelvan a encontrarse con sus compañeres de la agrupación, que dejen de ir a la facultad para que no se ponga en contacto con la organización y que consigan un trabajo. Que alguien se pondría en contacto para verificar el cumplimiento de estas “condiciones”.

Una vez liberades, debían concurrir a las citas de control que Pituelli les fijaba bajo un régimen que muches sobrevivientes han narrado que se llamaba  “libertad vigilada”. Ya en el juicio “ABO I” se comprobó este tipo de restricción a la libertad, con posterioridad a la salida del centro clandestino de detención. La amenaza en el contexto post concentracionario era clara, si no cumplían con esos controles o lo ordenado, podían ser víctimas nuevamente de secuestro y tortura.

Pituelli, al momento de los hechos revistaba en la Central de Reunión de Inteligencia del Batallón 601 y usaba el nombre de cobertura Ángel Domingo Peñalba. Actuaba con otra persona que se hacía llamar Casariego o Cesariego que aún no pudo ser identificado. Además de las citas de control, Pituelli y Casariego se presentaban a las casas de los padres y madres de las víctimas, a la vez que se les obligaba a E.L.O. y a Gildengers a ir en auto con ellos para marcar personas que conocieran en la zona de la Facultad de Medicina. 

Los fundamentos del veredicto serán dados a conocer el 3 de agosto.