La Asociación Nacional de Jueces y Juezas del Trabajo (ANJUT), la Asociación de Abogados y Abogadas Laboralistas (AAL), la Asociación Latinoamericana de Abogados y Abogadas Laboralistas (ALAAL), el CELS, el Frente de Sindicatos Unidos (FreSU) y el Sindicato de Prensa de Buenos Aires (SiPreBA) participamos de la audiencia “Argentina: impactos legislativos en los derechos laborales y sindicales”, en el 196° período de sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Denunciamos las consecuencias graves que tiene la reforma laboral y otras medidas impulsadas por el Estado argentino sobre los derechos de las personas trabajadoras, la libertad sindical y el acceso a la justicia.
Contamos ante las y los comisionados que las reformas son parte de un proceso de retrocesos incompatible con las obligaciones internacionales asumidas por la Argentina. Rodolfo Aguiar, secretario general de ATE Nacional, sostuvo en ese marco que “la reforma laboral aprobada implica la destrucción del derecho social en Argentina” y advirtió que, mientras el mundo debate la reducción de la jornada laboral y la protección del trabajo en plataformas digitales, en el país se avanza en sentido contrario: se flexibiliza el tiempo de trabajo, se debilita el principio protectorio y se favorece exclusivamente a los empleadores.
Por su parte, Clara Chevalier, secretaria general de CONADU, explicó que la reforma profundiza una crisis social que afecta especialmente a las mujeres. Señaló que la flexibilización laboral y el pluriempleo producen una “pobreza de tiempo” que erosiona la organización colectiva y la militancia sindical, pero impacta de manera asimétrica según el género. La falta de tiempo produce una crisis de los cuidados, desorganiza los afectos y multiplica las tensiones en los hogares y comunidades. También dijo que, tras casi tres años de gobierno, la Argentina atraviesa un proceso que descarta a amplios sectores de la sociedad y afirmó que la Ley 27.802 “es la traducción jurídica de esa tendencia: desnaturaliza la libertad sindical, reduce la negociación colectiva a una expresión residual y convierte el derecho de reunión en un permiso”.
En representación de la Asociación Nacional de Jueces y Juezas del Trabajo (ANJUT), Juan Orsini advirtió que la eliminación de la Justicia Nacional del Trabajo vulnera el derecho de acceso a una jurisdicción especializada reconocido por el sistema interamericano. Sostuvo que la reforma viola las garantías judiciales y la protección judicial, ya que lo que hacían 110 jueces lo tienen que hacer 43, lo que pone en riesgo la tutela judicial efectiva de trabajadores y trabajadoras.
En nombre del SiPreBA, Francisco Rabini denunció que la derogación del Estatuto del Periodista Profesional deja a quienes ejercen el periodismo sin protección frente a las empresas y las presiones políticas. “Un periodista precarizado es un periodista silenciable”, afirmó, y advirtió que el temor al despido arbitrario funciona como un mecanismo indirecto de censura que afecta la libertad de expresión y el derecho de la sociedad a estar informada.
Pablo Biró, secretario general de la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA), denunció la completa desregulación del sector de la aeronáutica comercial impulsada a partir del DNU 70/23 y normas posteriores, incluidas las que modifican los tiempos de servicio y descanso de las tripulaciones, con impacto sobre las condiciones de seguridad. También denunció las restricciones al derecho de huelga y la persecución mediática, gremial y personal contra la conducción de APLA.
Advertencias de la CIDH
Las y los integrantes de la CIDH centraron sus intervenciones en los límites que el derecho internacional impone a las reformas laborales. El presidente de la Comisión, Edgar Ralón Orellana, recordó que el principio de progresividad no impide modificar la legislación, pero exige preservar el contenido esencial de los derechos: el problema no es si un Estado puede reformar su normativa, sino si esas reformas se ajustan objetivamente a los estándares interamericanos. En la misma línea, Javier Palummo señaló que los Estados cuentan con un margen para modernizar sus políticas laborales, pero advirtió que esas modificaciones no pueden evaluarse únicamente por sus efectos sobre la inversión o el empleo, sino también desde su impacto en los derechos humanos.
Las preguntas dirigidas al Estado también pusieron el foco en el proceso de elaboración e implementación de la reforma. El comisionado José Luis Caballero Ochoa preguntó cómo dialogó el Gobierno con las organizaciones sindicales durante el proceso legislativo y cómo está cumpliendo con su obligación de adecuar la normativa interna a la Convención Americana mediante el control de convencionalidad, en un contexto en el que la propia CIDH ya se pronunció sobre distintas medidas adoptadas por la Argentina. La comisionada Tania Reneaum Panszi cuestionó la falta de información sobre el proceso de deliberación que dio origen a la ley, preguntó si existió un consenso con los sectores involucrados y puso en duda que la reducción de la litigiosidad sea una razón para una reforma de esta magnitud. También interrogó al Estado sobre cuál fue el objetivo central de la reforma y si efectivamente estuvo orientada a mejorar la situación de las personas trabajadoras o si las personas no estuvieron en el centro del debate.
Pedimos a la Comisión
Como parte de la sociedad civil, la vicepresidenta de la Asociación de Abogados y Abogadas Laboralistas, Mariana Amartino, leyó el petitorio presentado ante la Comisión. Le solicitamos a la CIDH que advierta al Estado argentino de la incompatibilidad de la reforma laboral con los estándares interamericanos y le exija cumplir sus obligaciones en materia de derechos humanos; que declare que la derogación del Estatuto del Periodista Profesional resulta incompatible con la Convención Americana y exija el restablecimiento de las garantías para el ejercicio libre y seguro de la profesión; que solicite estudios técnicos sobre el impacto diferenciado que la flexibilización de la jornada laboral y la extensión del período de prueba tienen sobre las mujeres y la economía del cuidado; que haga respetar el derecho a una jurisdicción laboral especializada; y que la REDESCA realice una visita a la Argentina para relevar el impacto de la reforma sobre los derechos de trabajadores y trabajadoras, en diálogo con las organizaciones sindicales.
Durante la audiencia, las organizaciones coincidimos en que las modificaciones impulsadas por el Estado argentino no representan una modernización de la legislación laboral, más bien son parte de un proceso que debilita la libertad sindical, restringe el acceso a la justicia, precariza las condiciones de trabajo y desconoce los estándares consolidados del Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
