Alegatos ante la Corte Interamericana por un caso argentino de libertad de expresión

Mañana a partir de las 17 hs. comenzarán los alegatos en la causa iniciada por los periodistas Jorge Fontevecchia y Héctor D’Amico, condenados en Argentina por haber publicado una serie de notas en la revista Noticias sobre un hijo no reconocido del entonces presidente Carlos Menem.

Mañana a partir de las 17 hs. comenzarán los alegatos en la causa iniciada por los periodistas Jorge Fontevecchia y Héctor D’Amico. Ambos fueron condenados en Argentina por haber publicado una serie de notas en la revista Noticias sobre un hijo no reconocido del entonces presidente Carlos Menem. Con su sentencia, la Corte Interamericana de Derechos Humanos tendrá la oportunidad de establecer estándares regionales en materia de libertad de expresión, interés público y derecho a la privacidad.

La intervención del sistema interamericano podrá ayudar a avanzar en la implementación de reformas normativas, tal como ocurrió con la despenalización de las calumnias e injurias para temas de interés público, lograda en 2009 a partir del caso protagonizado por el periodista Eduardo Kimel, y con la figura de desacato, anulada por el Congreso en 1993 luego de un acuerdo de solución amistosa firmado entre el Estado y el presidente del CELS, Horacio Verbitsky, ante la Comisión Interamericana.

La demanda contra el Estado argentino por la violación del derecho a la libertad de expresión de Fontevecchia, director de la revista Noticias, y D’Amico, ex editor de la misma publicación, llegó a la Corte Interamericana a fines de 2010. Entre mañana y el jueves por la tarde se presentarán en Bogotá los testimonios de las víctimas, las pericias realizadas por especialistas y los alegatos del Estado y de los representantes de los periodistas –el ex Relator de Libertad de Expresión de la OEA, Eduardo Bertoni, y las abogadas del CELS, Gabriela Kletzel y Lourdes Bascary-. Las audiencias podrán verse en directo a través del sitio web de la Corte: www.corteidh.or.cr.

Los periodistas fueron condenados por la Corte Suprema en septiembre de 2001 y se los obligó a pagar una indemnización al ex presidente. Fontevecchia y D’Amico, primero con el patrocinio de la Asociación Periodistas y luego del CELS, llevaron el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. En la denuncia internacional, iniciada el 15 de noviembre de 2001, alegaron la responsabilidad de la Argentina por la violación de los artículos 8 (garantías judiciales) y 13 (libertad de pensamiento y de expresión) de la Convención Americana.

El director y el ex editor de la revista argumentaron que era un hecho público y notorio en la provincia de Formosa que el padre del hijo de la ex diputada provincial Martha Meza era Carlos Menem y que la veracidad de esa información no había sido desmentida en ningún momento por el ex mandatario. También cuestionaron el argumento de la Corte Suprema, que apuntaba a proteger el derecho a la intimidad y sostuvieron que la publicación de hechos verídicos en temas de interés público no podía ser objeto de una sanción estatal de esa naturaleza.

Las notas publicadas por la revista informaban que el hijo era recibido en las diversas residencias oficiales del presidente y en la Casa de Gobierno; se referían también al crecimiento patrimonial de Meza en los años siguientes al nacimiento del niño -y en especial a los regalos recibidos de parte del entonces presidente-; y daban cuenta de las amenazas que la mujer había sufrido durante la campaña por la reelección de Menem en 1995 y hasta de sus gestiones para obtener asilo político en Paraguay. Todas estas informaciones no podían de ninguna manera considerarse como exclusivamente relativas a la vida privada del mandatario.

Luego de analizar el caso, la Comisión Interamericana concluyó que la condena civil por daños y perjuicios “no observó los requerimientos exigidos por la Convención Americana sobre Derechos Humanos para encontrar justificada la imposición de responsabilidades ulteriores por el ejercicio de la libertad de expresión”, y consideró que el Estado argentino “impuso una restricción desproporcionada del derecho a la libertad de pensamiento y de expresión de las víctimas”. Por esta razón y porque el Estado incumplió las medidas reparatorias solicitadas a lo largo del trámite del caso, la Comisión siguió su procedimiento habitual y presentó la demanda ante la Corte IDH, cuya sentencia podría conocerse antes de fin de año.