El indulto a Fujimori es un peligroso precedente para la región

Se realizó una audiencia en la Comisión Interamericana sobre el indulto al ex presidente peruano Alberto Fujimori. Resaltamos la importancia de que los órganos del Sistema Interamericano de Derechos Humanos exijan a Perú dejarlo sin efectos.

El 24 de diciembre pasado el gobierno peruano indultó a Fujimori, condenado en 2009 a 25 años de prisión por crímenes de lesa humanidad. Este indulto es incompatible con la Convención Americana de Derechos Humanos y lo ordenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en las sentencias de los casos Barrios Altos y La Cantuta.

Hoy en una audiencia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), hicimos una presentación conjunta con la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH) y la Asociación Abuelas de Plaza de Mayo.

Sostuvimos que las decisiones del sistema interamericano sobre las obligaciones estatales respecto de graves violaciones y crímenes de lesa humanidad han sido sumamente importantes para el proceso de Memoria, Verdad y Justicia en la Argentina y otros países latinoamericanos. Los Estados deben investigar estos hechos, identificar a los responsables, imponer penas adecuadas y proporcionales y garantizar el derecho de las víctimas a la verdad y a la reparación integral.

Frente al indulto de Fujimori, sostener estos estándares y ratificar una vez más esas obligaciones estatales resulta indispensable, no sólo para Perú sino para la región entera.

En la audiencia también expusieron, además de representantes del Estado peruano, la Asociación pro Derechos Humanos (Aprodeh), el Centro de Derechos Reproductivos y DEMUS, el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) y la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos.

Abajo se puede leer la presentación de la FIDH, el CELS y Abuelas en la CIDH, y acá el amicus curiae que las tres organizaciones presentamos ante la Corte IDH hace un mes.

 

167° período de sesiones de la CIDH. Audiencia pública sobre Derechos humanos e indulto al ex Presidente Fujimori en Perú

Mi nombre es Jomary Ortegón Osorio y realizo esta intervención en nombre de la Federación Internacional de Derechos Humanos, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) de Argentina y la Asociación Abuelas de Plaza de Mayo.

Mantener la firmeza y contundencia de los estándares interamericanos en la persecución y sanción de graves violaciones de derechos humanos y crímenes de lesa humanidad resulta indispensable para toda la región. Decisiones de la Corte Interamericana como su sentencia en el caso Barrios Altos han sido supremamente relevantes en la lucha contra la impunidad y precedentes fundamentales en los procesos de justicia en América Latina.

Entre ellos se destaca el caso argentino, en donde los estándares del sistema interamericano contribuyeron a la reapertura definitiva del juzgamiento del terrorismo de Estado, a la sanción de responsables de crímenes de lesa humanidad durante la dictadura cívico-militar y a la declaración de inconstitucionalidad de los indultos en dos decisiones históricas de la Corte Suprema en las causas conocidas como “Simón” y “Mazzeo”.

En “Simón”, el máximo tribunal argentino sostuvo que la traslación de las conclusiones de la Corte Interamericana en ‘Barrios Altos’ al caso argentino resultaba imperativa y concluyó que las leyes de impunidad en la medida en que obstaculizan el esclarecimiento y la efectiva sanción de actos contrarios a los derechos reconocidos en los tratados, impiden el cumplimiento del deber de garantía a que se ha comprometido el Estado argentino, y resultan inadmisibles.

En “Mazzeo” la Corte Suprema declaró la inconstitucionalidad del decreto de indulto de un acusado de delitos de lesa humanidad. En su sentencia hizo expresa referencia al Informe N° 28/92 de la Comisión Interamericana y al fallo Barrios Altos de la Corte. Esta decisión permitió que a partir de 2009, Santiago Omar Riveros fuera condenado en varios procesos.

Desde 2006 hasta la fecha, se realizaron más de 200 juicios en los que se condenaron a casi 900 personas por crímenes de lesa humanidad, incluyendo los cometidos en el contexto de la coordinación represiva del Plan Cóndor.

A pesar de este gran avance, en mayo de 2017, la Corte Suprema argentina emitió una preocupante sentencia en el caso “Muiña” que se aparta de estos estándares internacionales. Ante la gran repercusión social que provocó el fallo “Muiña” y, la inmediata respuesta del Congreso Nacional y de los mecanismos internacionales de protección, en junio pasado la Corte habilitó una instancia de discusión para el dictado de una nueva decisión, que al día de hoy no ha sido emitida.

Experiencias como las de la Argentina demuestran que resulta esencial sostener y consolidar los estándares internacionales e interamericanos, y ratificar una vez más las obligaciones que tienen los Estados de investigar, identificar a los responsables, imponer penas adecuadas y proporcionales y garantizar el derecho de las víctimas a la verdad y a la reparación integral. En este sentido, es indispensable que los órganos del sistema interamericano exijan a Perú que el indulto a Fujimori sea dejado sin efectos.

Solicitamos que los argumentos aquí esgrimidos, así como las solicitudes que se presentarán, se valoren en el marco del patrón de ataques contra el sistema de justicia del Perú y los impactos que la decisión del Caso Fujimori pueda tener en los procesos judiciales contra máximos responsables en el continente.