En menos de un mes, dos mujeres fueron sometidas a procesos judiciales por expresarse en la Argentina en ámbitos diferentes. La docente Ana Contreras, en La Pampa, fue condenada por la explicación que aportó en una clase de derechos humanos sobre el conflicto en Gaza a partir de la pregunta de una alumna. Desde el CELS preparamos un dictamen técnico para presentarnos en la causa. La diputada nacional Vanina Biasi, en la Ciudad de Buenos Aires, fue procesada por sus expresiones en redes sociales sobre el accionar militar del gobierno de Israel. Ambas, desde lugares distintos y con intervenciones diferentes, compartieron una misma suerte: ser señaladas y judicializadas por sus palabras. Si bien las causas y los procesos fueron distintos, las acusaciones tienen que ver con sus dichos sobre el conflicto en Palestina. En ambos casos lo que se pretende instalar es que abordar el tema en el marco de una clase o expresarse en el ámbito público, especialmente si implica una valoración negativa al gobierno o incluso al Estado de Israel -por acusarlo de estar cometiendo un genocidio- es una forma de antisemitismo.
El riesgo de intervenir en la conversación
Ana Cecilia Contreras es profesora de filosofía y ciencias sociales. En 2023, mientras dictaba una clase sobre terrorismo de Estado, con contenidos aprobados por el Ministerio de Educación de La Pampa, una alumna preguntó si ese concepto podía vincularse a lo que ocurría en Medio Oriente. La docente dijo que para abordar esa pregunta introdujo en su análisis elementos históricos y jurídicos: el rol de la ONU, la ocupación de Palestina, el sufrimiento de los civiles, entre otros. Lo hizo desde un enfoque de derechos humanos, como tantas veces se enseña en escuelas y universidades públicas.
Pocos días después, fue denunciada por el padre de una alumna. El fallo judicial que la condenó a la contravención de “maltrato psíquico” por “ejercicio indebido de la autoridad docente” no se basó en pruebas concretas, sino sólo en el testimonio de la alumna. El juez contravencional de General Pico, Maximiliano Boga Doyhenard, juzgó a la docente por cómo se sintió una estudiante y la sancionó con 60 días de multa, amonestación, restricción de acercamiento por un año y la imposición de una “instrucción especial” para reeducación de la docente. El caso está apelado ante la Cámara por arbitrario y por no alcanzar el estándar mínimo de prueba válido.
Vanina Biasi es dirigente del Partido Obrero y actual diputada nacional. A fines de noviembre de 2023, escribió en la red X críticas a las acciones del Estado de Israel luego del ataque terrorista de Hamas el 7 de octubre. Comparó el accionar del gobierno israelí con políticas genocidas, desde una perspectiva anticolonial, habló de “narrativa sionista”, que “…el Estado sionista es nazi” y denunció el tratamiento mediático del caso de una niña desaparecida. Biasi no se refirió al judaísmo, ni como religión, ni como fe o identidad cultural. Sin embargo, dado que el juez utiliza el estándar de la Alianza Internacional para el Recuerdo del Holocausto (IHRA) que permite asimilar las críticas al sionismo oficial con el antisemitismo, fue procesada por incitación a la discriminación y acusada de antisemitismo. También fue embargada por 10 millones de pesos.
El juez Daniel Rafecas reconoció que sus dichos estaban inscriptos en un debate político, pero consideró que el contenido de sus expresiones y su difusión en redes sociales incitaban al odio y la persecución hacia la comunidad judía. Procesó a la diputada nacional por hacer uso de su derecho a expresarse políticamente sobre un conflicto internacional.
Sin embargo, la Relatora Especial de Libertad de Expresión de la ONU, Irene Kahn, advirtió en el documento “Amenazas globales a la libertad de expresión derivadas del conflicto en Gaza” que el “antisemitismo es una forma grave de odio racial y religioso que debe condenarse”, y que, en ese sentido, “la lucha contra el antisemitismo no debería instrumentalizarse ni politizarse para proteger a Israel o bloquear las críticas contra la ideología política del sionismo”.
La relatora Kahn emitió este informe el 23 de agosto de 2024 ante las repercusiones que el conflicto en Gaza está teniendo sobre la libertad de expresión a nivel mundial, entre las que destaca el menoscabo de las libertades académicas y las restricciones a la expresión política en nombre de la lucha contra el terrorismo y el antisemitismo. En las recomendaciones resalta que la definición práctica de “antisemitismo de la Alianza Internacional para la Recordación del Holocausto es incompatible con el derecho internacional de los derechos humanos y no debería utilizarse para definir políticas o regular la expresión”. Tal como explica la Relatora, esta definición contraviene la norma internacional sobre libertad de expresión.
Censura pedagógica, persecución ideológica
El caso de Contreras sienta un precedente grave para la libertad de cátedra en la escuela pública: cualquier docente puede ser denunciado por trabajar un contenido curricular si una familia no está de acuerdo. El caso de Biasi implica una amenaza directa a la libertad de expresión política, en especial cuando se trata de temas sensibles, como el conflicto en Medio Oriente y las responsabilidades del gobierno de Netanyahu en la muerte de casi 53 mil personas tal como vienen expresándose organismos internacionales de protección de derechos, como el Alto Comisionado para los Derechos Humanos, el Secretario General de la ONU, la Agencia de Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en Oriente Próximo, la Corte Penal Internacional y la Corte de Justicia Internacional, entre otros.
Los dos casos comparten un fondo común: la criminalización de intervenciones sobre el conflicto en Palestina. En el caso de Ana, según ella misma señaló, ni siquiera fue una perspectiva personal sino que compartió los materiales y fuentes para desarrollar un análisis crítico propio del alumnado. En ambos fallos se asimila el hecho de analizar o criticar al gobierno o al Estado de Israel como una forma de antisemitismo que puede dañar o incitar al odio. Estos antecedentes son preocupantes, porque habilitan intervenciones punitivas que amenazan la libertad académica y la libertad de expresión.
Estamos en un momento en que la acusación de antisemitismo puede alcanzar a cualquier organización, individualidad o institución que denuncie los crímenes de guerra, las violaciones masivas de derechos humanos o el genocidio en Gaza.
En ninguno de los dos casos se probó incitación real al odio, ni un efecto concreto. Lo que se construye en ambos fallos es una forma de delito de opinión, incompatible con la libertad académica y de expresión en democracia. También tiene efecto de amedrentar y dar una advertencia disciplinante a quienes quieren intervenir públicamente en los debates sobre el tema.
Foto: CTERA.