Aborto: clandestinidad, inseguridad y criminalización

El 8 de agosto de 2018, hace un año, comenzó una jornada de debate en el Senado de la Nación sobre la posibilidad de legalizar el aborto temprano en la Argentina. La votación terminó al día siguiente, con la negativa. La decisión repercutió en mortalidad materna por causas evitables y en la criminalización de la práctica. El Congreso tiene la oportunidad de revisar su posición.

Hace un año un sector del Senado, luego de que la Cámara de Diputados aprobara un proyecto de legalización del aborto temprano, decidió mantener la clandestinidad, inseguridad y criminalización de la práctica. 

Cada decisión del Congreso tiene consecuencias materiales. 

El mismo día de la votación, Romina F. ingresó de urgencia al hospital Juan C. Sanguinetti de Pilar, por las complicaciones de un aborto inseguro. Murió cuatro días después, a los 30 años, y dejó a sus cuatro hijas huérfanas. Su historia no es la única. La clandestinidad que votó un sector del Senado repercutió sobre todo en la vida y en la salud de las mujeres pobres, que murieron o quedaron con secuelas físicas por causas evitables. Alrededor de cincuenta cada año. Algunas de ellas recurrieron al perejil, consecuencia directa del alto costo del misoprostol, de las políticas de ajuste y del temor a la criminalización.

Entre el 1º de marzo de 2011 y el 29 de febrero de 2016, se avanzó en al menos 167 causas contra mujeres por el delito de aborto propio. Los datos son del Ministerio Público de la Defensa. 

El 5 de agosto murió Patricia S. como consecuencia de la falta de derecho a la salud para quienes están detenidas en penales, después de meses de pedir arresto domiciliario y atención médica. Tenía 40 años y estaba hace cinco presa en el penal de San Martín por un aborto. Era madre soltera de una nena de 4 años en el momento de su detención y de un nene de 14, que necesitaba cuidados especiales. Nunca había entrado a una cárcel, no sabía que estaba embarazada. 

Para condenar a Patricia no recurrieron al artículo 88 del Código Penal, aborto propio, sino en un juicio abreviado por homicidio agravado por el vínculo. Esta figura a la que recurre la justicia patriarcal para endurecer arbitrariamente y fuera del pacto legal el castigo por aborto. Es la misma que le aplicaron a Belén en Tucumán.

La cifra de criminalización de los abortos propios es opaca, un subregistro, ya que no contempla casos como los de Patricia y Belén, detenidas con figuras que ocultan el motivo de su detención. Decimos justicia machista porque el Código Penal de 1921 establece penas para los abortos propios de 1 a 4 años y en sus casos, el sistema de justicia buscó un castigo suplementario por su negativa a maternar o por haber perdido sus embarazos.

A lo largo de los meses de debate en la Cámara de Diputados y de Senadores no hubo voces que reclamaran cárcel y persecución penal para las mujeres que abortan. Criminalización que recae con exclusividad en las que menos recursos tienen. Si hubo un consenso alcanzado que atravesó las distintas bancadas fue la necesidad de la despenalización, porque el temor de recurrir a un centro de salud por miedo a una detención, atenta directamente contra el derecho a la salud, a la vida y a la dignidad. A un año del voto en el Senado, el Congreso aún no realizó avances.

*Foto: La izquierda diario.