El Juzgado del fuero Penal, Contravencional y de Faltas N 28 de la Ciudad, a cargo de la jueza María Julia Correa, condenó a cuatro manifestantes por atentado contra la autoridad cuando participaban de una convocatoria contra la Ley Bases frente al Congreso el 2 de febrero de 2024. La sentencia de Correa se apoyó solamente en los testimonios de los agentes que aplicaron ese día el protocolo antiprotesta.
Joaquín Arrua, Juan Carlos Denube, Pedro Esquivel y Astor Galán Vizgarra llegaron a juicio acusados de tirar piedras y agredir a policías. Las únicas pruebas que lo sostenían eran los relatos de los efectivos de la Federal que los habían detenido. Pero los videos de esas detenciones muestran que la acusación es infundada.
Hace diez días los cuatro fueron condenados y ahora se conocieron los fundamentos. En la sentencia, la propia jueza reconoce que los videos no muestran la totalidad de los acontecimientos ni permiten seguir a las personas acusadas, pero aun así concluye que eso no impide tener por acreditados los hechos. De esa manera, compensa la debilidad de la prueba dándole centralidad a los testimonios policiales.
En el fallo, Correa fuerza la interpretación para poder encuadrar los hechos como atentado contra la autoridad y sostiene que arrojar objetos configura ese delito porque interrumpe el accionar policial. Ya desde la instrucción de la causa, la descripción de los hechos era imprecisa. Se mencionaban “objetos” o “algo” arrojado, sin identificar qué fue, desde dónde, con qué trayectoria ni si produjo algún daño. Tampoco hay lesiones acreditadas en los agentes.
Si bien el fallo menciona principios relevantes sobre el derecho a la protesta o la legitimidad de las manifestaciones públicas y el nivel de tolerancia que deben tener las fuerzas de seguridad, esos estándares no están reflejados en la decisión adoptada. Quedan como referencias sueltas, sin efectos concretos en la valoración de la prueba ni en el análisis de los hechos. Invoca derechos y garantías en abstracto, mientras en la práctica no ejerce de manera efectiva su función de control y convalida el accionar policial sin un examen riguroso.
