Cumbres de la OMC y el G20: sobreseyeron a los exjefes de la AFI por espionaje

El juez Martínez de Giorgi consideró que las tareas de inteligencia sobre periodistas, activistas y organizaciones sociales estaban justificadas por necesidades de seguridad. La decisión consolida un criterio preocupante que amplía los márgenes para la vigilancia de la actividad política y social. Desde el CELS vamos a apelar.

El Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 8 sobreseyó a Gustavo Arribas, Silvia Majdalani, Martín Coste y Carlos Tonelli Banfi en la causa que investigaba tareas de inteligencia ilegal realizadas por la AFI sobre periodistas, académicos, activistas y organizaciones sociales en el contexto de la Conferencia Ministerial de la OMC de 2017 y de la cumbre del G20 del 2018. La investigación, sin embargo, se inició en 2020 cuando se encontraron en dependencias de la AFI cientos de fichas con información sobre opiniones políticas, publicaciones en redes sociales, pertenencia a organizaciones, vínculos y otros datos personales.  

El juez Martínez de Giorgi consideró que esas tareas estaban justificadas por razones de seguridad vinculadas con la realización de las cumbres. También, que la información no fue recolectada por las opiniones políticas o la pertenencia partidaria, social o sindical de las personas investigadas y que, por lo tanto, no se habría violado la Ley de Inteligencia. Esta interpretación es especialmente preocupante: convierte el contexto de un evento internacional y sus necesidades de seguridad en justificación suficiente para relevar y sistematizar información sobre opiniones y actividades políticas y sociales.

Desde el CELS, en diciembre de 2017, reclamamos al Estado información sobre la exclusión de 65 integrantes de organizaciones de la sociedad civil de la conferencia de la OMC y advertimos que la decisión podía haberse basado en prácticas ilegales de espionaje. La documentación encontrada años después en la AFI confirmó que existían fichas sobre las personas que habían solicitado acreditarse y que se habían registrado, entre otros datos, sus posiciones políticas, organizaciones de pertenencia y actividad en redes sociales. 

Este sobreseimiento se suma a otras decisiones que en los últimos años fueron cerrando investigaciones sobre prácticas ilegales de inteligencia. En 2025, la Corte Suprema dejó firme el sobreseimiento de Mauricio Macri, Gustavo Arribas y Silvia Majdalani en la causa por la vigilancia a familiares de los tripulantes del ARA San Juan. Ese criterio comenzó a proyectarse sobre otras investigaciones: en junio de este año, la fiscalía pidió el sobreseimiento de Arribas y otros 27 imputados en la causa conocida como Proyecto AMBA, que investigaba el despliegue de bases de la AFI en distintos puntos de la provincia de Buenos Aires, y utilizó como fundamento precisamente el fallo sobre el ARA San Juan. Se consolida así un criterio que corre los límites de la democracia: la apelación a la seguridad nacional no puede ser una habilitación absoluta a que los organismos de inteligencia recolecten información sobre las opiniones y actividades políticas, sociales o periodísticas de las personas.

Vamos a apelar esta resolución. Frente al funcionamiento ilegal de los servicios de inteligencia urge investigar estas prácticas, establecer responsabilidades y sostener la prohibición de que el aparato de inteligencia sea usado para vigilar la participación política y social.