Es necesaria una Convención multilateral para la solución de controversias sobre deuda soberana que aborde su impacto en los DD.HH.

En un documento enviado a los Estados miembros de la ONU, un centenar de organizaciones de todo el mundo expresó su preocupación por los efectos sobre los derechos humanos de la falta de mecanismos basados en normas internacionales para la reestructuración ordenada y oportuna de la deuda soberana.

El martes 9 de septiembre, la Asamblea General de las Naciones Unidas considerará la Resolución “Hacia una Convención Multilateral para Establecer un Marco Legal Regulatorio para Procesos de Reestructuración de la Deuda Soberana” conforme fuera propuesta por el Grupo de los 77 y China.

En un documento enviado a los Estados miembros de la ONU, un centenar de organizaciones de todo el mundo expresó su preocupación por los efectos sobre los derechos humanos de la falta de mecanismos basados en normas internacionales para la reestructuración ordenada y oportuna de la deuda soberana.

La resolución de los conflictos relacionados con la deuda entre un Estado y sus acreedores debe basarse en un marco fundado en el Derecho Internacional Público y en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, como la única vía para garantizar decisiones soberanas de política económica que no impacten negativamente en el pleno goce de los derechos humanos.

El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) apoya la apertura de un proceso de negociación hacia un marco legal vinculante en la materia e insta a los representantes de los Estados a garantizar que la perspectiva de derechos humanos esté plenamente incorporada en el texto de la Resolución y en sus deliberaciones.

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