Milagro Sala: la CSJN ordena que debe dejar la cárcel en cumplimiento de la decisión de la Corte Interamericana

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) había ordenado medidas de protección para garantizar la vida, integridad personal y salud de Milagro Sala.

comunicado conjunto

En una decisión que hizo pública ayer, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) determinó que el Poder Judicial de Jujuy debe cumplir cabalmente y con urgencia la resolución de la Corte IDH y disponer entonces el arresto domiciliario de Milagro Sala o cualquier otra medida menos restrictiva de sus derechos.

La Corte IDH intervino en el caso a solicitud de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), tras el incumplimiento del Estado argentino de la medida cautelar requerida por Amnistía Internacional, Andhes y el CELS.

El 23 de noviembre, en su decisión de medidas provisionales a favor de Milagro Sala, la Corte Interamericana consideró que al estar encarcelada nuevamente en el penal de Alto Comedero, Milagro Sala enfrenta “una situación de riesgo a (su) integridad personal y a la salud”. Así, tras analizar los argumentos de la CIDH, el Estado argentino y las organizaciones representantes, el máximo tribunal regional dispuso que debía concedérsele el arresto domiciliario en su residencia habitual, u otra medida alternativa como “una tobillera o la retención de su pasaporte”.

El Estado argentino debe informar hasta el 15 de diciembre a la Corte IDH sobre el cumplimiento de la medida, cuya obligatoriedad fue ratificada por la CSJN.

Amnistía Internacional

Andhes

Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)