Hospital Borda: otra muerte por desidia

Un hombre murió en la madrugada del 1 de diciembre, sin atención ni asistencia de personal de enfermería. Es la segunda muerte en menos de dos años. Un nuevo ejemplo de la institución manicomial como lugar de desidia y abandono estatal.

En la madrugada del 1 de diciembre, un hombre internado en el Hospital Neuropsiquiátrico Borda murió como consecuencia de los golpes que le dio otra persona internada en el mismo servicio. Según el relato de otros usuarios que se encontraban en el lugar y que al escuchar los golpes corrieron rápidamente a pedir ayuda, no había personal de enfermería en el servicio para atender la gravísima situación y ningune trabajadore acudió a brindar asistencia. 

El hombre que murió (K.K.M.S.) tenía 41 años y una discapacidad física: era una persona sorda. Requería una intervención desde el modelo de la discapacidad y no manicomial. 

Las personas encerradas en manicomios públicos como el Borda se encuentran bajo tutela estatal y, por lo tanto, el deber de cuidado es una obligación irrenunciable. Las autoridades públicas y las del Hospital Borda son responsables por este gravísimo hecho que deberá investigarse de acuerdo a los estándares del Órgano de Revisión Nacional sobre las muertes ocurridas en contexto de encierro psiquiátrico. 

Esta muerte es un nuevo ejemplo de la institución manicomial como lugar de desidia y abandono estatal. Su muerte podría haberse evitado si el Estado hubiera cumplido su obligación de generar medidas de no repetición, ante casos anteriores como el de Jorge Marcheggiano, atacado por una jauría de perros en mayo del año pasado en ese mismo hospital, u otros casos ocurridos en otros neuropsiquiátricos.   

La ausencia de profesionales y empleados, que se suplen con guardias de seguridad o mayor medicalización, afectan el deber de cuidado y generan estos desenlaces. Abrir una causa penal sobre la persona que lo atacó, exclusivamente, criminaliza el padecimiento mental y elude la responsabilidad estatal en la muerte de K.K.M.S.

La Ley Nacional de Salud Mental previó la obligación de sustituir definitivamente las instituciones psiquiátricas monovalentes, y crear un sistema de atención en salud mental en la comunidad que respete los derechos humanos. Estableció al año 2020 como fecha límite para alcanzar esa meta pero el sistema de salud mental de Argentina sigue situado en el hospital psiquiátrico de tipo manicomial, y no ha experimentado cambios sustantivos desde la sanción de la ley, salvo algunas excepciones. Con un presupuesto que para 2022 será del 1,48% de salud, cuando la pauta que determina la norma es del 10%, no pueden sustanciarse cambios que aseguren la vida digna e independiente de las personas con padecimiento mental. 

Mientras existan hospitales psiquiátricos de tipo manicomial, las graves condiciones de vida y las muertes por desamparo continuarán ocurriendo.