Apertura de sesiones: es urgente que el Congreso rechace el DNU 70/2023

Organizaciones de la sociedad civil recordamos que los legisladores y las legisladoras deben ejercer su rol, tratar sin demoras este decreto e intervenir siempre que el Poder Ejecutivo exceda los límites constitucionales.

En el inicio de las sesiones ordinarias, recordamos que el Congreso tiene el deber de rechazar este decreto y todos aquellos que en el futuro excedan los límites constitucionales, ejerciendo su rol dentro del sistema de frenos y contrapesos, así como de garantizar un debate parlamentario de calidad que asegure una participación ciudadana robusta.

El Poder Ejecutivo tiene prohibido legislar. Si bien nuestra Constitución Nacional lo habilita a dictar decretos de necesidad y urgencia (DNU), solo le permite hacerlo cuando existan circunstancias excepcionales que hagan imposible seguir los trámites ordinarios previstos para la sanción de las leyes.
El Decreto 70/2023 no cumple los requisitos constitucionales para su validez. No surgen de sus fundamentos argumentos suficientes que den cuenta de las circunstancias de fuerza mayor que impiden a las cámaras del Congreso debatir cada una de las reformas comprendidas en él, y tampoco se explica adecuadamente la relación de causalidad existente entre los problemas identificados y las medidas que se disponen.

Lejos de entender la naturaleza excepcional de los DNU, el Decreto 70/2023 efectúa una reforma legislativa masiva y sistémica. Dada su magnitud y trascendencia, los cambios normativos incluidos en él sólo pueden ser discutidos por el Congreso, que es donde están representadas todas las fuerzas políticas, incluidas las minoritarias. Adicionalmente, es el debate legislativo el que proporciona oportunidades para la participación ciudadana, esencial para el fortalecimiento del sistema democrático.

Es justamente para evitar excesos en el uso de la facultad de dictar decretos de necesidad y urgencia que nuestra Constitución diseñó un proceso de control legislativo posterior mediante el cual se debe determinar su validez o invalidez atendiendo a la adecuación de estos a los requisitos formales y sustanciales establecidos por ella.

Resulta esencial destacar que el Decreto 70/2023 ya se encuentra vigente, proyectándose sobre aspectos sustantivos de nuestra vida en comunidad, al abordar cuestiones vinculadas a la salud, a la vivienda, a las relaciones laborales, a los contratos, a la economía y a las finanzas, entre otras. Dichas modificaciones suponen una afectación a derechos individuales y colectivos de millones de personas, muchas de las cuales ya se encuentran ante la Justicia reclamando su suspensión e inaplicabilidad para sí mismas o para los colectivos que representan.

Hoy el Poder Legislativo está en falta. Por eso, volvemos a solicitarle que defienda el Estado de derecho y honre la división de poderes.

Organizaciones firmantes:
Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ)
Asociación Ecuménica de Cuyo/FEC
Abogados y abogadas del Noroeste Argentino en Derechos Humanos y Estudios Sociales (ANDHES)
Campaña Argentina por el Derecho a la Educación (CADE)
Coordinadora de Abogadxs de Interés Público (CAIP)
Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)
Consciente Colectivo
Comisión Argentina para Personas Migrantes y Refugiadas (CAREF)
Democracia en Red
Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA)
Fundación SES
Fundación Protestante Hora de Obrar
Fundación Mujeres x Mujeres
Fundación Igualdad
Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN)
Fundeps
Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP)
Jóvenes por el Clima
Red argentina de abogacía comunitaria (RAAC)
Xumek