Detenciones por Ley Bases: Casación debe proteger el derecho a protestar 

Nos presentamos como amicus en la causa en la que fueron condenados cuatro manifestantes que participaron de la convocatoria contra la Ley Bases en febrero de 2024. La sentencia solo se apoyó en el relato de policías.

Cuatro manifestantes fueron condenados a finales de marzo por participar de la convocatoria contra la Ley Bases frente al Congreso en febrero de 2024. El fallo de la jueza María Correa del fuero Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad se apoyó solo en los relatos de los agentes que participaron del operativo sin tener en cuenta la falta de pruebas ni lo que declararon los testigos de los acusados. Por eso ahora nos presentamos como amicus curiae ante la Sala III de Casación de Ciudad para pedir la revocación de esa condena.

El 2 de febrero de 2024, Joaquín Arrua, Juan Carlos Denube, Pedro Esquivel y Astor Galán Vizgarra fueron detenidos por agentes de la Policía Federal Argentina que aplicaban el protocolo anti protesta. Se los acusó de haber arrojado piedras y botellas contra efectivos policiales a pesar de que no se obtuvieron pruebas que los muestren cometiendo ninguno de esos hechos.

La sentencia reconoce que ningún video registra las agresiones y que existen dificultades para reconstruir lo que ocurrió. Pero en lugar de concluir que eso impide tener la certeza necesaria para condenar, transforma las dudas en argumentos para sostener la acusación. La imposibilidad de determinar con precisión qué conducta tuvo cada persona detenida y las inconsistencias en la prueba son relativizadas, justificadas o directamente ignoradas.

El fallo además afirma que como en la protesta hubo otros manifestantes que arrojaron objetos, “no es descabellado considerar que esto también pasó con la participación de los imputados”. Pero una condena no puede sostenerse de presunciones. El derecho penal exige demostrar qué hizo cada persona y con qué pruebas eso acredita.

También argumenta que como los agentes policiales “sólo estaban autorizados a detener personas frente a la comisión de delitos” las propias detenciones que hicieron confirman que esos delitos efectivamente ocurrieron. Lo que debía demostrarse al final de la investigación aparece asumido desde el comienzo.

Ahora la Cámara debe impedir que el derecho penal se convierta en una herramienta para convalidar detenciones de manifestantes y decidir si en estos casos las reglas básicas del proceso penal siguen vigentes o pueden flexibilizarse cuando la prueba no alcanza.


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