10 puntos para una ley nacional de protección de las protestas

A 20 años del 19 y 20 de diciembre de 2001, convocamos a debatir una propuesta integral de Ley nacional de protección de las protestas y manifestaciones públicas.

En los años posteriores al 19 y 20 de 2001 y a la Masacre de Avellaneda, a nivel nacional se promovió una política de no represión de las manifestaciones públicas, cuya traducción más clara fue la regulación de los operativos policiales en las manifestaciones y la prohibición de portar armas de fuego.

Esas regulaciones nunca llegaron a ser adoptadas en una ley. Tampoco las provincias generaron debates sobre el tema ni trataron este tipo de
regulaciones. Y con la transformación de los conflictos, las modalidades y los lugares de las protestas, volvieron a ocurrir formas de criminalización, operativos represivos muy violentos y hasta asesinatos policiales de manifestantes. Con el tiempo, la política de no represión y canalización política de los conflictos fue debilitada, cuestionada o abiertamente rechazada por distintas autoridades políticas, tanto en instancias federales como provinciales, en nombre del orden público o directamente porque se impusieron supuestas razones de estado por encima de los derechos. Paralelamente, las autoridades judiciales de distintas jurisdicciones en lugar de asegurar las condiciones mínimas para el ejercicio de este derecho, muchas veces, habilitan el uso de la fuerza, o le dan cobertura a los dispositivos violentos que tienen efectos en la protesta.

Por eso, dentro de las acciones que desde el CELS llevamos adelante por el vigésimo aniversario de 2001, proponemos 10 puntos como punto de partida para una discusión amplia y multisectorial de un proyecto de ley nacional de protección de las protestas y manifestaciones públicas.

Leé los 10 puntos en este link.